Toda unidad consumidora de energía eléctrica tiene una clasificación junto a la distribuidora de energía eléctrica local (o concesionaria). Se determina «en función del nivel de tensión en que son atendidos y también, como consecuencia, en función de la demanda (kW)» (Manual de Tarifación de la Energía Eléctrica – Ministerio de Minas y Energía).
Las agrupaciones se separan en A, B y sus subgrupos. En esta tabla, la agrupación A se emplea para el alto consumo (de 2,3 kV a 230 kV – industrias, grandes centros comerciales) y la agrupación B para la mayoría de los consumidores residenciales y rurales.
El registro incorrecto de la construcción junto a la concesionaria y también del tipo de actividad, principalmente cuando está orientada al medio industrial, puede ser responsable por costos extra en energía eléctrica.
Sin embargo, esta clasificación puede ser verificada junto a la compañía distribuidora y, en caso de duda, se puede contratar a un profesional habilitado para que sea evaluada y posteriormente solicitar la modificación del tipo de consumidor en la distribuidora.
¿Tiene alguna duda o necesita más información El Ministerio de Minas y Energía mantiene en su sitio el Manual de Tarifas de la Energía Eléctrica que se puede acceder haciendo clic aquí.